Verificación de inexistencia de delitos sexuales del personal de Osakidetza

En próximas fechas se va a poner en marcha un nuevo procedimiento para acreditar que el personal de Osakidetza no ha sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

Todo ello en cumplimiento de la Ley 26/2015, de 28 de julio, que establece que aquel/la profesional que haya sido condenado/a por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como trata de seres humanos, no podrá acceder ni ejercer su profesión cuando ésta implique contacto habitual con menores.

Por consiguiente, en los próximos días los/as profesionales de Osakidetza recibirán un SMS y correo electrónico indicándoles la tarea a realizar, tarea que se realiza en OSAKIDETZAKOA (Portal del empleado/a).